viernes, 30 de septiembre de 2016

En tiempos de paz, ¿dónde está la política de la ira?

La lectura de un texto escrito por el profesor Fabio Moreno del programa de psicología de la Universidad Santo Tomás, interrogando la manera en que a nivel social se ha reivindicado la paz, casi como un imperativo o un significante autorreferencial asumido acríticamente, ha dirigido mi atención a otro fenómeno bastante presente en nuestra vida social y personal y que vale la pena visibilizar en la palestra pública. Se trata de la ira, una pasión humana poderosa con efectos diversos a nivel subjetivo y social. Más allá del valor adaptativo que pueda tener, en el contexto de la rivalidad con el congénere por la imposición de dominio en la manada, es posible reconocer en la ira un sinsentido que se toma el cuerpo, nubla cualquier comprensión racional de la situación y hace valer de forma violenta una voluntad ciega, aquello que no podría hacerse por otras vías social pautadas.
En la historia de la jurisprudencia la ira, que sin duda constituye un acto de renuncia al arreglo cultural, ha sido motivo para exculpar y/o atenuar punitivamente delitos como el homicidio por considerar que en dicho estado el victimario estaba “fuera de sí” o que sus motivos eran “honorables”. En palabras del jurista argentino José Peco (1942) “cuando cualquier persona, en parejo trance, es impotente para reprimir las solicitaciones externas y las tempestades internas (…) hasta la sombra de una sanción o de un perdón judicial pesa como una injusticia” (p. 109). Tal concepción aparece reflejada también en el código penal colombiano desde 1936 y ha sido invocada desde la creación del Derecho Romano como un pacto tácito para disculpar en particular al feminicidio,  asumiendo a la infidelidad como una injusticia imperdonable y sosteniendo la premisa androcéntrica de que la mujer es ante todo un objeto sobre el cual el hombre tiene derechos (Arciniegas y Trujillo, 2000).  En el plano público entonces, junto a la búsqueda de la paz –sea lo que sea que ello signifique- yace la ira como un fenómeno que merece ser escuchado con atención en todos los niveles y que en circunstancias tan importantes como las que estamos viviendo hace necesario reelaborar el lugar, las prácticas y las políticas de la ira que hemos estado padeciendo. ¿Qué de nuestra historia política ha sido producto de la ira? ¿Cómo se tramita la ira de los actores políticos en el lazo social? ¿Qué curso de acción y qué efectos de la ira legitimamos? ¿Hacemos política de(sde) la ira? ¿Hacemos de la ira una política? ¿Y la responsabilidad en la ira?
Si bien la ira en tanto emoción es un fenómeno psicológico, resulta pertinente acudir al término extimidad en el uso definido por Jacques Lacan para entender su estatuto, que hace de lo más íntimo un asunto público, incluso allí cuando la ira no se hace visible o sus maneras de descargarse parecen relegarse a lo más profundo del espacio individual. Acaso la ira nos ponga de presente en un mismo movimiento la impotencia de agarrarnos del (con-desde-hasta) otro y el impulso de realizar nuestra voluntad sin miramiento alguno, pasando por encima incluso de aquello que consideramos nos hace humanos. Al respecto Lacan (1959/1960) nos propone pensar que quizá la ira “necesita una especie de reacción del sujeto ante una decepción, al fracaso de una correlación esperada entre un orden simbólico y la respuesta de lo real” (p. 127). La ira sería entonces una de las respuestas del sujeto frente a lo insoportable de la falta, que se presenta como ruptura y que lo deja en un lugar de objeto identificado a lo peor, incluso cuando sus efectos sostienen la ilusión de que hemos conseguido un poco lo que queremos.
En las circunstancias actuales vale la pena interrogar esa expectativa de perfecta correlación, no sólo en términos de como entendemos y creemos la paz, sino también qué hacemos con ella. La empatía y la secreta aprobación a quienes se empeñan en hacer existir por la fuerza ese espejismo, muestran como el reverso de la inteligencia emocional o los imperativos contemporáneos de felicidad extrema esta política tácita de la ira, que en un contexto como en nuestro en donde la injusticia galopante redobla la decepción, reclama una apuesta por un lazo social distinto en el cual la ira y el intenso dolor no sean el motor de la construcción del país.
Sin duda la ira está y estará, hace parte de la vida y de vez en cuando resulta necesario echar mano de ella. Lo cierto es que parte del trabajo a realizar y de las instituciones a transformar supone replantear la función del afecto y las formas en que nos servimos de ella para construirnos nuevos lugares y nuevos lazos.

Referencias
Arciniegas, M.C. & Trujillo, A. (2000). Emociones violentas como causales de inimputabilidad. Trabajo de Grado. Bogotá: Facultad de derecho, Universidad Javeriana.
Peco, J. (1942). Proyecto de Código Penal. La Plata: Instituto de Altos Estudios Jurídicos, Instituto de Criminología, Universidad Nacional de La Plata.

Lacan, J. (1959/1960). La ética del psicoanálisis. Buenos Aires: Paidós.